Rendición de Cuentas 2024
De acuerdo con el artículo 90 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, están obligados a rendir cuentas las autoridades del Estado, ya sean electas por voto popular o de libre remoción, sin distinción del nivel o función que ejerzan; los representantes legales de las empresas públicas, así como las personas jurídicas del sector privado que administren, gestionen o ejecuten fondos públicos, o que desarrollen actividades de interés público mediante convenios, contratos, delegaciones o concesiones del Estado. Esta obligación también se extiende a los medios de comunicación social, quienes deberán cumplirla a través de sus representantes legales, en atención a su influencia en la opinión pública y su corresponsabilidad en la construcción democrática. La rendición de cuentas constituye un mecanismo fundamental para garantizar la transparencia, el control social y la participación ciudadana en los asuntos de interés colectivo.